DISOLUCION DEL BANCO NACIONAL

Un día como hoy pero de 1836, el gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas dispone la disolución del Banco Nacional.

JUAN MANUEL DE ROSAS

Una de las características de los gobiernos que sucedieron a la Primera Junta de 1810 estuvo relacionada con lo económico, así 20 años después y crédito de la Baring Brother mediante, obtenido por la gestión de Bernardino Rivadavia, la acuciante situación llevó a pensar en  un banco que tuviera capacidad de emisión y la suspensión de los pagos en metálico.

Por este motivo, el 28 de enero de 1826 se establece bajo ley la fundación del Banco Nacional, denominado oficialmente Banco de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Tal mal estaba la cuestión que Juan Bautista Alberdi, lo expresa con claridad: «Empezó con el capital de 4.741.200 pesos, de los cuales 3 millones, procedentes del empréstito inglés de Buenos Aires, eran del gobierno. La deuda del gobierno al banco era, desde entonces, de 9.422.565 pesos y toda su existencia en caja de 636.044 pesos. El banco nacía fundido.» (Alberdi, 1895, p. 374)

Juan Manuel de Rosas ya designado gobernador, había sido proclamado «Restaurador de las leyes e Instituciones de la Provincia de Buenos Aires». Sin embargo los siguientes tres años volvieron a estar marcados por la inestabilidad.

La situación del banco llegó a ser tan precaria, que sus autoridades gestionaron en 1833 la disolución anticipada de la sociedad mixta, y hasta anunciaron al público el cese de actividades a partir del 31 de diciembre de 1833. En vísperas de esa fecha, la gestión se dejó sin efecto, pero la confiabilidad de la empresa había sufrido tan rudo golpe, que ni sus accionistas se entusiasmaron ya por su futuro.

Finalmente, por decreto del 30 de mayo de 1836 y cumpliendo con el plazo de 10 años, se concretó la decisión «Considerando que la carta del Banco Nacional ha terminado: que la moneda corriente esta exclusivamente garantida por el Gobierno, quien es deudor de al público que el Banco solo ha prestado al Tesoro del Estado la estampa de unos billetes, y que el Gobierno es accionista del establecimiento por casi tres quintas partes de su capital, con otras consideraciones demasiado notorias, de las que el Gobierno no puede ni debe prescindir, ha acordado y decreta:- Art. 1° : Queda disuelto desde esta fecha el Banco Nacional.» (Recopilaciones de leyes numismáticas desde 1652 hasta 1935. Museo Casa de la Moneda.)

NOTA DE LA REDACCION: Como puede apreciar el lector situaciones recurrentes a lo largo de la historia, preclaros ciudadanos ilustrados jugaron con el futuro económico del país desde su origen, sin embargo es dable en la actualidad seguir escuchando las voces de Rivadavia, Mitre y Cia., a través de renovados interlocutores que reiteran las mismas falacias.