Un día como hoy pero de 2001 –El juez federal Gabriel Cavallo declara inconstitucionales las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

En 1986, el senado aprobó, por 25 votos contra 10, la llamada Ley de “Punto Final” que establecía la prescripción de los delitos cometidos por militares, policías y funcionarios carcelarios durante la última dictadura.
Al año siguiente, la cámara de Diputados aprobó, por 125 votos contra 54 más una abstención, la ley que reglamentó la “Obediencia Debida” en las Fuerzas Armadas.

Esta norma autorizó la eximición del proceso judicial a oficiales que, por su ubicación en la cadena de mandos, se presume, obedecieron órdenes de sus superiores, lo que significó la libertad de la mayoría de los acusados que permanecían en prisión preventiva.
No obstante el 14 de agosto de 2003, por amplia mayoría, el parlamento nacional dicta le ley 25.770 por medio de la cual se declara “insanablemente nulas” las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Si bien se cuestionó la validez de aquella norma, la Corte declaró su constitucionalidad en la causa “Simón”.

En septiembre de 2003 la Cámara Federal de Buenos Aires ordena la reapertura de dos megacausas por violaciones de los derechos humanos que habían sido cerradas a partir de la aprobación de aquellas generosas leyes del perdón o impunidad. La resolución de la Cámara llega al Alto tribunal y en su dictamen de mayo de 2005 el Procurador ante la Corte, Esteban Righi, emite su dictamen en donde se expide por la inconstitucionalidad de las mismas.
Pocas jornadas después el presidente Kirchner reclama a la Corte una definición sobre esas leyes que hace a la esencia del propio Estado que no se puede ver involucrado en actos de impunidad. En junio, la Corte Suprema de Justicia declara la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.


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