
La Argentina está viviendo horas intempestivas, nubarrones muy oscuros se ciernen sobre el gobierno que aún tiene pocos meses de vigencia, y muchas voces discurren sobre golpes de estado, intentos de desestabilización, persecución política, represión excesiva, jubilados abandonados y golpeados, educación acorralada, dólares que faltan, aumentar la deuda externa y entrega de la soberanía.

Todos estos temas y otros, se suman por proximidad con temas relativos a la provincia de Buenos Aires, la pelea, indisimulable, entre Cristina Kirchner y Kicillof (el gobernador), la crisis económica provincial, la inseguridad, etc.

Para quienes vivimos en el conurbano, parece que no somos provincianos. Prestamos más atención a la Nación que a nuestra provincia, olvidamos frecuentemente, que el Presidente Milei solo puede actuar dentro del marco de los poderes delegados (no propios) por las provincias. Leer la constitución.
Y ya que tenemos la constitución en la mano podemos repasar que pasa si este presidente, que hace equilibrio en el tobogán envaselinado, termina renunciando.

ARTÍCULO 88 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA
El articulo 88 determina que, en caso de renuncia, enfermedad, ausencia de la Capital, muerte o destitución del presidente, el vicepresidente de la Nación ejercerá el cargo de presidente.
El presidente puede ser destituido, pero no nos vamos a extender aquí sobre las ocasiones y procedimientos para destituirlo. Vamos a concentrarnos sólo en el caso de renuncia.

En ese caso, de renuncia, el que sucede al presidente es el vicepresidente, como en la actualidad ese cargo está ocupado por una mujer, hablaremos de “la que sucede”.
Todos recordamos que ese cargo fue ocupado por Victoria VILLARRUEL, tal vez lo recordamos mejor por las peleas entre ella y el presidente. Los desacuerdos y las pretendidas imposiciones del ejecutivo y sus acólitos en cada momento de estos pocos meses de gobierno.
Sintetizando, si Milei tuviera que renunciar quien sucede en la presidencia es Victoria Villarruel.
EFECTOS DE ESTE CAMBIO
Sobre los posibles efectos del cambio, sólo es dable extraer teorías. Por supuesto que entre ambos existen numerosas diferencias. A pesar de haber integrado la fórmula en el 2023 podemos apuntar que ella representa un espacio no libertario, si liberal y mantiene un gran acercamiento a sectores militares, algunos involucrados en la época de fuego de la dictadura militar en la cual muchos de sus integrantes fueron Juzgados de acuerdo a derecho como genocidas.
Esta circunstancia coloca a amplios sectores en su contra, sobre todo de ese peronismo izquierdoso (no es lo mismo que de izquierda) que legitima el accionar terrorista de Montoneros y Erpianos (entre otros).
Sin embargo, es dable recordar que Villarruel fue la única política en funciones que realizó un acto de reconocimiento y desagravio de la primera mujer peronista votada por el pueblo, Maria Estela Martinez de Perón (o si usted prefiere, Isabelita).
LA LINEA DE SUCESIÓN PRESIDENCIAL
- El vicepresidente de la Nación
2.- El presidente provisional del Senado
3.- El presidente de la Cámara de Diputados
4.- El presidente de la Corte Suprema de Justicia
SUELDO DEL PRESIDENTE
Simplemente recordamos el Artículo 92: “El presidente y vicepresidente disfrutan de un sueldo pagado por el Tesoro de la Nación, que no podrá ser alterado en el período de sus nombramientos. Durante el mismo período no podrán ejercer otro empleo, ni recibir ningún otro emolumento de la Nación, ni de provincia alguna.”
(*) DR. MARIO OSCAR BUONO . Abogado./ Director Propietario de Prensa Regional On Line.- / Integró el cuerpo de abogados de Presidencia de La Nación (COMFER-AFSCA-ENACOM) (1989-2019) /Fue Vice Presidente Foro Municipal de Seguridad Ciudadana de Esteban Echeverría (2005-2007) / Fue Presidente ONG S.A.M.E.E. (2003-2007)/ Fue Coordinador DDHH Municipio Esteban Echeverria (2006-2007) / Presidente ASOCIACION CIVIL “LIBERTAD DEL CONOCIMIENTO” / Secretario del Partido “Unión Por Todos” Provincia de Buenos Aires.


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