LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES
ESCRIBE: MARTIN PELLEGRINO*
Ley de Municipios y la Creación de Municipios según el Decreto Ley 6769/1958
La Ley de Municipios es una legislación fundamental que rige la organización y el funcionamiento de los municipios en la provincia de Buenos Aires. En el caso específico del Decreto Ley 6769/1958, se establecieron las bases para la creación de nuevos municipios, definiendo los criterios y requisitos necesarios para su conformación.
Los municipios en la provincia de Buenos Aires son autárquicos, pero no autónomos, es decir no pueden sancionar una constitución propia y a su vez pueden administrarse a sí mismos, esta administración no es arbitraría si no que debe someterse a un marco normativo superior en el caso de los municipios de la provincia de Buenos Aires, deben someterse a la LEY ORGANICA DE LAS MINICIPALIDADES.

El objetivo principal de esta ley es descentralizar el poder y facilitar la administración de los asuntos locales, permitiendo que las comunidades puedan tomar decisiones sobre sus propios intereses y necesidades. La creación de nuevos municipios busca atender de manera más eficiente y efectiva las demandas de la población, así como impulsar el desarrollo y la participación ciudadana en la gestión pública.
Existen dos actores fundamentales en los municipios, el intendente y los concejales, el primero constituye en poder ejecutivo municipal, que lo convierte en el único responsable de lo que ocurra en su distrito, mientras que el segundo conforma el cuerpo legislativo, donde una de sus funciones principales es contralar al poder ejecutivo, este es un esquema de pesos y contra pesos que aplicados de buena manera permiten una calidad democrática superior.
A continuación señalaremos algunas de las funciones del Intendente:
Funciones, Deberes y Obligaciones del Intendente:
- El Intendente es el máximo representante del poder ejecutivo en el municipio. Es responsable de la gestión y administración de los recursos municipales para garantizar el bienestar de la comunidad.
- Presupuesto y planificación: El Intendente tiene la responsabilidad de elaborar el presupuesto municipal y planes de desarrollo que contemplen las necesidades y prioridades del municipio.
- Representa al municipio en sus relaciones con otras entidades gubernamentales y organismos, buscando establecer alianzas y acuerdos en beneficio del desarrollo local.
- Propone y promulga ordenanzas y reglamentos municipales para regular diferentes aspectos de la vida local, como la ordenación urbana, medio ambiente, transporte, entre otros.
- Velar por la seguridad y el bienestar de los ciudadanos, coordinando con las fuerzas de seguridad y entidades pertinentes.

Funciones, Deberes y Obligaciones de los Concejales:
- Los concejales conforman el poder legislativo del municipio y tienen la responsabilidad de aprobar, modificar o rechazar las ordenanzas y reglamentos propuestos por el Intendente.
- Los concejales tienen el deber de ejercer un control sobre las acciones del Intendente y su administración, asegurando la transparencia y la rendición de cuentas.
- Deben actuar como representantes de los intereses y necesidades de la población, canalizando las demandas y buscando soluciones a los problemas locales.
- Los concejales participan en comisiones temáticas para el estudio y análisis detallado de distintos temas y proyectos municipales.
- Tienen la responsabilidad de aprobar el presupuesto municipal y velar por su correcta ejecución.
En resumen, la Ley Orgánica de las Municipalidades, Ley 6769/1958, establecen las funciones, deberes y obligaciones del Intendente y los Concejales en un municipio. Estas disposiciones buscan garantizar una gestión efectiva, participativa y transparente, en beneficio del desarrollo y el bienestar de la comunidad.
Para alcanzar este bienestar de la comunidad, es imprescindible conocer a los candidatos locales, participar en las reuniones que se suscitan principalmente esta etapa del proceso electoral a la cual llamamos campaña, que esas personas que sean elegidas mediante voto popular, serán los encargados de llevar adelante la administración municipal en el caso del intendente y en el caso de los concejales serán los responsables de fiscalizar las acciones de ejecutivo local, es poder está en nuestras manos, con esta maravillosa herramienta que nos da la democracia, el voto, seamos responsables y votemos por un futuro mejor.
(*) NOTA DE LA REDACCION: Martín Pellegrino esprecandidato a concejal en Ezeiza por LLA lista 135A


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